¿Eres de los que ya está pensando cuánto puedes incrementar el precio de tu piso este próximo año? ¡Espera! Sabemos que en estos tiempos donde el precio del mercado está incrementando, es posible que consideres también subir el alquiler de los inquilinos. Pero antes, es importante informarse bien de las nuevas normativas y de si es legal el precio que quieres establecer. En este artículo te vamos a dar toda la información al respecto.
¿Cuánto se podrá subir el precio del alquiler?
Durante este último año el índice del precio de consumo ha aumentado hasta llegar a valores muy elevados, como consecuencia de los estragos de la crisis económica que se ha derivado desde el comienzo de la Guerra en Ucrania. Esto ha supuesto que el precio medio de alquiler alcanzara una subida histórica del 7,6% el pasado mes de febrero. En abril, como medida para poner freno a este incremento, el Gobierno Español estableció poner un máximo del 2% anual a aquellos contratos que cumplieran un año hasta junio de 2022. Inicialmente, la medida tenía previsto durar 3 meses, sin embargo, el gobierno ha decidido prolongarlo un año, hasta el 31 de diciembre de 2023.
Es precisamente por esto que tanto inquilinos como propietarios empiezan a hacer números… Pero antes de subir el precio de alquiler hay que saber distinguir entre la actualización de las rentas y la subida del coste del alquiler. Además, dependiendo del contrato entre propietario e inquilino, se aplicarán unos criterios u otros.
Actualización de las rentas del alquiler
La renta se actualiza anualmente, salvo que por contrato se hayan pactado algo distinto. Pero ¡ojo! Cuando hablamos de actualizar el precio, lo mismo que puede subir, que es lo más habitual, también puede bajar. Dentro del contrato de alquiler se especifica la siguiente cláusula, fundamentada en el Artículo 18 de la Ley de Alquileres Urbanos:
“Durante la vigencia del contrato, la renta solo va a poder ser actualizada por el arrendador o bien el inquilino en la fecha en que se cumpla de año en año de vigencia del contrato, en los términos pactados por las partes. En defecto de acuerdo expreso, no se va a aplicar actualización de rentas a los contratos.”
Si lo que quieres es actualizar el coste del arrendamiento, te aconsejamos que revises los datos del IPC o eches un vistazo al Índice Actualizador de Rentas de Contratos de Alquiler (ARCA), ya que es el único que considera y se centra en la situación del mercado de alquiler.
Además, tienes que saber que como propietario de una vivienda de alquiler, estás obligado a comunicar por escrito y con un mes de antelación el porcentaje de subida de la renta. El nuevo precio que establezcas va a pasar a ser efectivo en el próximo mes después de comunicar al inquilino en tiempo y forma la actualización de estos.
Subida del coste del alquiler
Como acabamos de ver, la actualización del precio del alquiler se realiza anualmente en base a un índice de referencia. En cambio, solo cuando el contrato esté a punto de llegar a su finalización o bien renovación, como propietario, podrás subir el coste del arrendamiento.
Por lo tanto, si ambas partes están interesadas, será el único momento en el que podrás efectuar algún cambio en las condiciones de contrato.
Congelación de subidas: ¿Por qué un 2%?
Según fuentes del Ministerio de Agenda Urbana, no habrá un precio máximo partir del cual los propietarios no puedan subir más de un 2% el alquiler. Hasta ahora, la ley prohibía a los propietarios poder subir los precios por encima de la «variación anual» del Índice de Garantía de Competitividad (IGC). El problema es que, actualmente, dicho índice ya está en el 7%. No obstante, del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana anunció que el tope seguirá siendo y se mantendrá en el 2%.
Con esta implementación, se prevé que se garantice la estandarización de los arrendamientos y la competitividad a medio plazo.
¿Qué pasa si el inquilino no acepta la subida del alquiler?
Es posible que el inquilino no quiera aceptar el nuevo precio de la vivienda, y es muy probable que, este presente una contraoferta. ¿Nuestro consejo desde AB? Escucha lo que el inquilino tiene que ofertar. Ten en cuenta que ahora mismo no es tan fácil alquilar una vivienda, entonces considera el hecho de que en caso de no aceptar esa contraoferta estarás dispuesto a asumir la pérdida de esas ganancias durante unos meses hasta que encuentres a un nuevo inquilino. Lee nuestro blog sobre cómo encontrar a tu inquilino perfecto, para saber qué buscar a la hora de alquilar de nuevo tu piso. ¡Ten en cuenta que el aumento que quieras hacer no podrá superar el 40% de sus ingresos netos!
Si tienes cualquier otra duda sobre las novedades en el mercado del alquiler, ¡no dudes en contactar con nuestro equipo!